viernes, 27 de noviembre de 2015

Fecha del dictámen - Dictámen de doble fecha - Efectos del dictámen derivado de fraudes e irregularidades


Fecha del dictamen

 El dictamen debe fecharse el día en que el auditor concluya su trabajo de campo en las oficinas de la entidad.

Como regla general, la fecha del dictamen debe ser la misma en la que el auditor concluya el trabajo de auditoría de estados financieros; es decir, cuando se retire de las oficinas de la entidad una vez obtenida la evidencia de la información que esté dictaminando.

 

Dictamen de doble fecha

NIA 560

Cuando un evento posterior ocurre después de la terminación de la auditoria, pero antes de la emisión del dictamen, usa doble fecha o bien en su caso, fechar el dictamen con la última fecha.

Esta norma no permite el uso de doble fecha en el informe del auditor. Cuando se emiten estados financieros modificados que reemplazan estados financieros sobre los cuales el auditor ha emitido su informe previamente, dicho auditor debe hacer referencia al informe reemplazado. En ese caso, el auditor puede limitar su examen al hecho que requirió y, en caso de hacerlo, debe hacer una manifestación de tal hecho en su nuevo informe.

 

Efectos del dictamen derivado de fraudes e irregularidades

El auditor es responsable de su informe y debe realizar su trabajo de acuerdo con las Normas Internacionales  de Auditoría establecidas. Su trabajo no está específicamente destinado a detectar irregularidades de todo tipo e importe que hayan podido cometerse y, por lo tanto, no puede esperarse que sea uno de sus resultados. No obstante, el auditor debe planificar su examen teniendo en cuenta la posibilidad de que pudieran existir errores o irregularidades con un efecto significativo en las cuentas anuales.

El auditor no es y no puede ser responsable de la prevención del fraude o error, sin embargo, el hecho de que se lleve a cabo una auditoria anual, puede servir para contrarrestar fraudes o errores.

 
La existencia de sistemas de contabilidad y procedimientos de control interno eficientes reducen la posibilidad de errores e irregularidades en las cuentas anuales, aunque siempre hay riesgo de que los controles internos no funcionen tal como se diseñaron.

 
El término "fraude" se refiere a un acto intencional por parte de una o más personas de la gerencia, quienes gobiernan la entidad, personal, o terceras partes, que involucra el uso de engaño para obtener una injusta o ilegal ventaja, ocasionando declaraciones erróneas en los estados contables (financieros).  Y la palabra "Error", que se relaciona con equivocaciones no intencionales en dichos estados.


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